Antes de profundizar en el fenómeno de la hiperinflación y conocer sus consecuencias sobre la contabilidad en Argentina, primero es necesario comprender qué es la inflación. Esta se define como el aumento generalizado y sostenido de los precios de bienes y servicios en un país durante un periodo de tiempo sostenido, normalmente un año. Cuando el nivel general de precios sube, con cada unidad de moneda se adquieren menos bienes y servicios. Es decir, que la inflación refleja la disminución del poder adquisitivo de la moneda. Dicho esto, se considera hiperinflación a un caso particular de inflación, que ocurre cuando hay un alza exagerada de los precios, a tasas incrementales de hasta un 1.000%.

La inflación se mide a través de índices. En Argentina este índice se ha cambiado de denominación con el tiempo: hasta diciembre 2016 se utilizaba el IPIM (índices de precios internos al por mayor) como medida de la inflación acaecida; desde enero 2017, se emplea el IPC (Índice de precios de consumo).

Ahora bien, ¿Por qué la hiperinflación genera un impacto en la contabilidad? Pues la respuesta es simple. Durante los períodos inflacionarios, los estados financieros no reexpresados presentan una información distorsionada. Entonces se emplea el ajuste por inflación como herramienta para que todas las cifras de los estados financieros se expresen en moneda de poder adquisitivo de fecha de cierre y, en consecuencia, los estados financieros sigan siendo útiles para la toma de decisiones económicas.

En Argentina se han verificado varias situaciones que tornan indispensable la reexpresión integral de los estados contables. Los motivos son:

  • La tasa acumulada de inflación en los últimos 3 años supera el 100%;
  • Es altamente probable que la tasa proyectada acumulada trianual siga esa tendencia;
  • Existen otros factores cualitativos que evidencian una situación hiperinflancionaria, como ser: corrección generalizada de salarios, inversión en activos no monetarios o en  moneda extranjera estable.

Por todo ello, la Federación Argentina de Consejos Profesionales (FACPCE) ha dictado la Resolución General 539/18 con el objeto de brindar un marco regulatorio a la reexpresión de los estados financieros.

En resumen, dicha norma indica:

  • El ajuste por inflación deberá aplicarse a partir de los ejercicios iniciados el 01/07/2018. En los Estados Financieros cerrados a 30/06/2018, se deberá incluir una nota descriptiva de la situación (ya que a dicha fecha el ajuste por inflación no es obligatorio).
  • El coeficiente de reexpresión a utilizar será una combinación entre el IPC y el IPIM.
  • El método de reexpresión está contemplado en la Resolución Técnica 6 (dicho método, dada su especificidad técnica, no será explicado en este artículo).

A día de hoy todavía no se conocen todos los efectos derivados del ajuste por inflación contable. Además, hay que considerar que la indexación contable es la única herramienta habilitada por el gobierno hasta la fecha, pese a la insistencia de las empresas en contar con el ajuste por inflación impositivo para no tener que pagar el Impuesto a las Ganancias sobre rentas ficticias. Por ello, en Argentina, queda pendiente realizar una revisión del impacto del ajuste de la hiperinflación en la contabilidad así como establecer normas que regulen esta situación particular del mercado argentino.

Para más detalle sobre cómo ajustar la contabilidad de en una situación de inflación, por favor comuníquese con Agustina y nuestro equipo aquí.