Con el comienzo del año, son numerosos los países que están presentando novedades legislativas que obligan a las organizaciones y compañías que operan en dichos mercados a amoldarse a estos cambios.
En muchos casos, estas medidas siguen las directrices de la OCDE en materia de fiscalidad de los grupos multinacionales, por lo que resultan muy relevantes para los inversores extranjeros, como son las acciones BEPS.
Así sucede en Marruecos, que introduce la obligación de preparar la documentación de precios de transferencia, a partir del 1 de enero de 2020, según lo establecido por Ley de Finanzas de 2019.
Alcance de la normativa
Según este texto, todas las empresas que tengan vínculos de dependencia tanto directos como indirectos con empresas extranjeras y realicen transacciones intragrupos con ellas deberán tener un informe actualizado de los precios de transferencia.
La normativa no es aún muy precisa, y no define con claridad el nivel de control necesario. Si bien en los casos en los que se posea la mayoría de los derechos de votos está claro que sí hay vinculación, en los que la participación sea inferior pueden surgir dudas.
Por otra parte, no se ha establecido un umbral mínimo de transacción, por lo que se deberán documentar todas las transacciones realizadas con partes vinculadas, con independencia de sus importes.
Tampoco se ha definido el contenido exacto de la documentación, si bien, dado que Marruecos se ha adherido a la iniciativa BEPS de la OCDE, se espera que dicha documentación vaya en línea con lo dispuesto en la acción 13 de BEPS.
A su vez, se espera que Marruecos implante el Country-by-Country reporting (CBCr) en breve.
Presentación de la documentación
La documentación será presentada solamente en caso de requerimiento por parte de las autoridades competentes, el primer día de la inspección fiscal. No existe una obligación anual al respecto. Sin embargo, es recomendable no esperar al inicio de una auditoria o inspección fiscal para que las compañías que operan en el país marroquí tengan esta información. Por un lado, la documentación de los precios de transferencia es un ejercicio que involucra múltiples niveles de análisis y, por lo tanto, el proceso de preparación es complejo.
La legislación del país ha impuesto, además, unos plazos muy limitados -entre 15 y 20 días- entre la fecha de la notificación de la comprobación del informe y el inicio real de la inspección. Estos plazos dejan un margen de trabajo realmente ajustado por lo que la situación más aconsejable es disponer del informe cuento antes y actualizarlo anualmente.
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