Durante el año pasado el Gobierno del Reino Unido comenzó a introducir la legislación necesaria que permite a la HMRC introducir un nuevo requisito para que las empresas multinacionales informen de sus transacciones transfronterizas, realizadas con partes vinculadas. Esta medida se sustenta sobre la reforma de la legislación del Impuesto sobre sociedades publicada en 2024. 

¿Cuál es la novedad? 

El 26 de noviembre, la HMRC publicó un borrador de la propuesta para el formato y los contenidos de la nueva obligación. Esta podría introducirse para ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2027.  

El objetivo es obtener y analizar datos de precios de transferencia, sobre las operaciones vinculadas en Reino Unido. De esta manera, se podrán realizar evaluaciones de riesgo automatizadas y consultas más eficientes, garantizando que las inspecciones fiscales se centren en cuestiones específicas, con procesos más breves y eficientes. Además, promoverá una mayor transparencia, equidad y cumplimiento fiscal por parte de los contribuyentes. 

¿A quién afecta? 

Lo más probable es que el formulario afecte a unas 75.000 empresas, aquellas con residencia fiscal en el Reino Unido y que actualmente están sujetas a la legislación de precios de transferencia. Por otro lado, también se incluyen las que operen a través de un establecimiento permanente (EP) extranjero, de igual manera que las entidades extranjeras que operen a través de un EP local, cuando participan en transacciones transfronterizas con partes vinculadas. Las obligaciones también podrían tener un impacto en las asesorías, los organismos representativos y los bufetes de abogados. 

¿Qué datos deben comunicarse? 

Previsiblemente, el gobierno solicitará comunicar las transacciones transfronterizas realizadas entre partes vinculadas con un volumen total superior a 1 millón de libras esterlinas. Estas operaciones vinculadas estarán sujetas a la obligación del reporte, que probablemente se realizará con periodicidad anual y en un formato estandarizado. 

El proyecto del ICTS 

Las transacciones se agruparán por tipos estandarizados: 

  • fabricación;  
  • compras; 
  • ventas de productos terminados; 
  • servicios específicos;  
  • alquileres; 
  • derechos de franquicia;  
  • regalías; 
  • financiación. 

Estas categorías deberán comunicarse siempre que el valor total por tipo de transacción sea superior a 100.000 libras esterlinas. Asimismo, dicho umbral se eleva a un millón de libras esterlinas en aquellos casos en los que exista la obligación de preparar el Informe Local (Local File) de precios de transferencia. No obstante, estas transacciones quedarán excluidas de dicha comunicación si están cubiertas por un Acuerdo Previo de Valoración (APA) que sea válido para el ejercicio analizado. 

Los datos para reportar identificarán:  

  • el volumen de la transacción o las transacciones; 
  • el tipo;  
  • las partes y su jurisdicción de residencia fiscal;  
  • el método de precios de transferencia aplicado;  
  • el indicador del nivel de beneficio;  
  • el precio o margen alcanzado; 
  • los datos financieros (ingresos, gastos, valor en libros, o los intereses recibidos o pagados), relacionados con las transacciones transfronterizas; 

Además, los contribuyentes deberán identificar también al propietario final, su código de industria, moneda y activos intangibles relevantes, las reestructuraciones empresariales y cualquier modificación en las políticas de precios de transferencia y/o ajustes recientes. 

El diseño y el contenido específicos del ICTS se desarrollarán mediante consultas técnicas y regulaciones. Incluso podrían aplicarse umbrales tanto a las operaciones operativas como a las financieras. 

¿Qué deben hacer los contribuyentes? 

Los contribuyentes deberán comenzar a evaluar sus transacciones con partes vinculadas para identificar posibles riesgos y asignar los recursos necesarios. Esta acción será para la recopilación de los datos que deben comunicarse a la HMRC (ya sea mediante sistemas informáticos o procesos manuales). 

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