La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de España ha iniciado una campaña de avisos recordando la obligación de presentar la comunicación previa relativa a la declaración de información país por país (Country-by-Country Report), el Modelo 231.
Este recordatorio se debe a la proximidad del cierre del ejercicio fiscal: el 31 de diciembre para la mayoría de las entidades. Por tanto, es fundamental confirmar si su organización está sujeta a este cumplimiento formal para evitar posibles sanciones.
¿A quién aplica esta obligación?
Esta medida afecta a las entidades que formen parte de un Grupo Multinacional con una cifra de negocios consolidada igual o superior a 750 millones de euros en el ejercicio anterior.
La obligación recae específicamente sobre:
- Sociedades residentes en territorio español.
- Establecimientos permanentes de entidades no residentes que operen en territorio español.
¿Qué es la «Comunicación Previa» del Modelo 231?
Según el Artículo 13.1 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, las entidades españolas (o establecimientos permanentes) pertenecientes a estos grandes grupos deben informar a la AEAT. La información necesaria serán la identidad y la residencia fiscal de la entidad que presentará el informe global del grupo.
- Plazo: se debe presentar antes de la finalización del período impositivo. Para ejercicios que coinciden con el año natural, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.
Las verificaciones con la matriz
Para determinar si su entidad debe realizar este trámite, es necesario realizar las siguientes gestiones directamente con la matriz de su grupo (departamento fiscal global). Esto debido a que se trata de información consolidada que no suele estar disponible a nivel local:
- Validación del Umbral (Matriz): solicite a su matriz confirmación de si la cifra de negocios consolidada del grupo superó los 750 millones de euros en el ejercicio fiscal anterior.
- Identificación de la Entidad Informante (Matriz): en caso de superar el umbral, confirme qué entidad del grupo presentará el Country-by-Country Report ante su respectiva administración tributaria y en qué país o territorio tiene su residencia fiscal.
- Instrucción Local: una vez obtenida esta información por parte de su matriz, se rogará que la traslade a la mayor brevedad para que podamos proceder con la presentación telemática del formulario de comunicación previa ante la AEAT.
Conclusión
El incumplimiento de esta comunicación previa del Modelo 231, o su presentación fuera de plazo, puede derivar en infracciones tributarias. Entonces, conviene disponer de un socio local que conozca la legislación española, para evitar cualquier inconveniente en la gestión de tu grupo multinacional ubicado en España
Desde TPS by Auxadi quedamos a su entera disposición para asistirles en el análisis de esta obligación o en la presentación del modelo correspondiente una vez recibida la información de su matriz.
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