Colombia precios transferencia

Colombia: cumplimiento del régimen de precios de transferencia

En Colombia, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta (IR) que realicen transacciones con entidades vinculadas en el extranjero, empresas en zonas francas o entidades en jurisdicciones con bajos estándares fiscales deben seguir las reglas del régimen de precios de transferencia. Este marco exige que, para efectos fiscales, se determinen los ingresos ordinarios y extraordinarios. Así como los costos, deducciones, activos y pasivos, de manera que se ajuste al principio de plena competencia. 

Por tanto, para cumplir con este régimen, los contribuyentes deben preparar y presentar los siguientes informes: 

  1. Informe local: Detallar cada transacción realizada por el contribuyente, demostrando el cumplimiento adecuado de las normativas de precios de transferencia. 
  2. Informe maestro: Proporciona una visión general del grupo multinacional, incluyendo la descripción de sus actividades globales, las políticas generales en precios de transferencia y la distribución de ingresos, riesgos y costos a nivel mundial. 
  3. Informe país por país: Desde 2016, los contribuyentes que cumplan con ciertos criterios deben presentar un informe que refleje la asignación global de ingresos, impuestos pagados y otros indicadores económicos del grupo multinacional. 

¿Quiénes están obligados a este régimen? 

Los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario establecen quiénes deben realizar la declaración informativa y los informes previamente comentados: aquellos contribuyentes del IR o complementarios que, durante 2023, realizaron transacciones con entidades vinculadas. De esta forma, deberán cumplir con lo siguiente: 

El vencimiento país por país es el 13 de diciembre y los reportes se deben presentar de forma virtual a través de los servicios informáticos de la DIAN. 

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