El Gobierno portugués ha aprobado el martes 21 de diciembre de 2021, en un Consejo de Ministros extraordinario, la anticipación de la puesta en marcha de las medidas para hacer frente a la COVID-19, que estaban previstas para principios de 2022. Así el teletrabajo vuelve a ser obligatorio para todos los trabajadores que puedan desempeñar sus funciones de esta manera desde el 25 de diciembre. Esto ha conllevado a que la Seguridad Social haya puesto a disposición de los trabajadores una nueva declaración para poder solicitar la ayuda de apoyo familiar extraordinario para los periodos de suspensión de actividades comprendidos entre el 27 y 31 de diciembre de 2021 y del 2 al 9 de enero de 2022.

Podrán acceder a esta medida todos los empleados que se ausenten del trabajo por motivos de cuidado de hijos u otras personas dependientes, menores de 12 años, o independientemente de la edad, si tienen una discapacidad/enfermedad crónica.

Del 27 al 31 de diciembre de 2021, la ayuda estará disponible para los empleados mencionados durante la suspensión:

  • Actividades de apoyo a la primera infancia en centros de día, guarderías familiares y puericultoras, actividades de apoyo social realizadas en un centro de actividades y formación para la inclusión y en un centro de actividades de tiempo libre.
  • Las actividades docentes y no docentes prestadas en los centros privados de educación especial a los que se refiere la Ordenanza núm. 12123-M/2021, publicada en el Diário da República, 2ª serie, nº 239, del 13 de diciembre.
  • Las actividades pedagógicas, académicas y no pedagógicas, incluyendo la animación y el apoyo familiar, de los establecimientos de educación preescolar y del primer y segundo ciclo de educación básica, en los centros cuyo funcionamiento estaba previsto para este período.

Del 2 al 9 de enero de 2022, los empleados que se ausenten del trabajo por razones de cuidado de hijos u otras personas dependientes, menores de 12 años, o independientemente de la edad, si tienen una discapacidad/enfermedad crónica, podrán acceder a la medida de apoyo familiar excepcional, por la suspensión de actividades lectivas y no lectivas en un centro escolar o equipamiento social de apoyo a la primera infancia o a la discapacidad.

También pueden optar a la medida los empleados que trabajen desde casa, si se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

  • Si el hogar es monoparental, durante el periodo de custodia del hijo u otra persona dependiente que le haya sido confiada por decisión judicial o administrativa de entidades o servicios legalmente competentes.
  • Si en el hogar hay al menos un niño u otra persona dependiente que asista a centros sociales de apoyo a la primera infancia (guardería), a un centro de educación preescolar o a un centro de educación básica de primer ciclo.
  • Si se encuentra al menos una persona dependiente con discapacidad, con una discapacidad comprobada igual o superior al 60%, independientemente de la edad.

Como en el pasado, la declaración de seguridad social debe ser rellenada por los trabajadores y entregada al empleador. Esta comunicación debe realizarse con tres días de antelación al inicio de la prestación de apoyo.

También se incrementará el valor de la ayuda a la familia pagada por la Seguridad Social para garantizar el 100% del salario base del trabajador, con un límite de 1.995 euros en 2021 y de 2.115 euros en 2022, cuando se encuentre en una de las siguientes situaciones:

  • Cuando la composición del hogar sea monoparental y el hijo, u otro dependiente que se le encomiende por resolución judicial o administrativa de entidades o servicios legalmente competentes para ello, sea beneficiario del incremento de la prestación familiar monoparental.
  • Si los dos progenitores se benefician alternativamente de la ayuda.

Respecto a esto último, se considerará que los dos progenitores se benefician alternativamente de la ayuda cuando:

  • Si, en periodos iguales o superiores a cuatro días e inferiores a siete, cada progenitor se beneficia de la manutención durante al menos dos días.
  • Si, en periodos inferiores a cuatro días, uno de los progenitores se beneficia de la manutención durante al menos dos días y el otro durante al menos un día.

Para los beneficiarios que soliciten la ayuda del 27 al 31 de diciembre de 2021 se aplican los límites del salario mínimo mensual (RMG) de 2021 (665 euros) y para el periodo del 2 al 9 de enero de 2022 se aplican los límites de la RMG de 2022 (705 euros).

La ayuda familiar excepcional no puede combinarse con otras ayudas para la respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Para más duda sobre esta cuestión u otras, el equipo de Portugal de nómina está a tu disposición.

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Filipe Miguel Pedro Custodio
Payroll Service Manager

Experiencia internacional – Conocimiento local

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