El pasado 30 de abril, el Congreso Nacional de Honduras dio luz verde a la Ley del Fondo de Reserva Laboral de Capitalización Individual, gestionado por el Régimen de Aportaciones Privadas. Este fondo se nutrirá de las contribuciones que haga el empresario para asegurar el abono del Auxilio de Cesantía o la prima de antigüedad a los empleados, una vez finalizada la relación individual de trabajo.

A continuación, te detallamos algunos de los beneficios :

Beneficios de la Ley del Fondo de Reserva Laboral

  • se garantiza a los empleados que recibirán la compensación por antigüedad laboral en casos de renuncias, despido justificado o de mutuo acuerdo.
  • se permitirá a los empleados recibir el 100% del saldo de su cuenta en reserva laboral, al momento de dar por finalizada la relación laboral por cualquier causa distinta al despido injustificado.
  • esta Ley obliga al empleador a complementar el pago al trabajador si el saldo de la cuenta de reserva laboral es inferior a ciertos porcentajes del auxilio de cesantías.
  • se establece un procedimiento expedito para que el RAP entregue el valor constituido en reserva laboral en un plazo máximo de un mes.

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