El Congreso de Guatemala ha aprobado el Decreto 32-2024, que hace referencia a la Ley de Competencia. Esta novedad busca fortalecer la transparencia y la equidad en los mercados de Guatemala, así como garantizar un mercado dinámico que beneficie tanto a los consumidores como a los productores. De esta manera, el Estado promueve los siguientes objetivos: 

  1. Apertura de mercados: busca aumentar la participación de múltiples oferentes y demandantes para evitar estructuras monopólicas.
  2. Prevención de monopolios: el deseo de que ninguna entidad concentre el poder de mercado al punto de afectar precios y calidad.  
  3. Protección al consumidor: una ampliación de las opciones disponibles en condiciones justas y a precios razonables.  
  4. Competencia transparente: establecimiento de condiciones equitativas que reduzcan desventajas entre consumidores o proveedores.  

Por lo que, para poder alcanzar estas intenciones, la Ley de Competencia incluye una serie de prohibiciones. La primera es que no se produzca una reducción de los precios por debajo de los costos con el fin de eliminar competidores o impedir su ingreso al mercado. Además, el segundo impedimento es que no haya imposición de unas condiciones discriminatorias que generen desventajas injustas en transacciones equivalentes.  

Por esta razón, saltarse estas normas provocará unas sanciones de hasta 200 mil salarios mínimos diarios no agrícolas (13,58€ es el salario diario mínimo en esta categoría), aunque la multa se basará en la gravedad del asunto, así como en su duración y la reincidencia. Además, se penalizarán las denuncias falsas, actuando como un mecanismo de control para evitar abusos. 

Finalmente, las instituciones guatemaltecas están valorando qué tipo de entidad supervisora crear. Una opción es la llamada Superintendencia de Competencia, que promovería la libre competencia, sancionaría y, encima, garantizará la transparencia de los mercados. Mientras que la segunda variante es una Comisión de Competencia: adscrita al MINECO, pero con autonomía funcional y técnica; impondrá multas y tomará decisiones administrativas respecto a estas; y con una estructura de tres miembros, elegidos por el presidente, el Congreso y la Junta Monetaria.  

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