El Banco Central de Nicaragua ha ordenado, mediante una circular, que todos los agentes económicos ofrezcan sus bienes y servicios en la moneda nacional, el córdoba. Esta medida entró en vigor el 1 de enero de 2025, con excepciones para remesas familiares, exportaciones e importaciones, y vuelos internacionales.
¿Por qué se implementa?
Según el Consejo Directivo del Banco Central, la decisión se tomó con el objetivo fundamental de normalizar los pagos internos y externos, facilitando la gestión contable y fiscal para multinacionales y fondos de inversión.
Declaraciones del Banco Emisor
El banco emisor comentó que «los precios de ciertos bienes y servicios ofrecidos a nivel nacional podrán ser expresados en moneda extranjera». Además, añadió que «el usuario podrá optar por recibir o realizar su pago en moneda extranjera o córdobas, según corresponda».
¿Cómo mostrar el córdoba?
Según la nueva circular emitida por la entidad monetaria, los agentes económicos deberán indicar los precios de los bienes y servicios que ofrecen en la moneda nacional, el córdoba, utilizando además su símbolo ‘C$’.
La nueva normativa establece el uso obligatorio del córdoba en los precios de los bienes y servicios ofrecidos a nivel nacional. Entre estos productos se encuentran la mayoría de los artículos y prestaciones: alimentos, ropa, equipos de trabajo, ocio y turismo, telecomunicaciones, etc.
Si deseas acceder a la lista completa de productos y servicios cuyo precio debe aparecer en córdoba, moneda local de Nicaragua, pincha aquí.
Control y supervisión
Las entidades reguladoras e instituciones públicas podrán emitir directrices oficiales, supervisar y aplicar las acciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición. La Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias ampara esta nueva regla, asegurando que los consumidores reciban precios claros y justos en córdobas.
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