
Chile: actualización del Término de Giro y sus implicaciones
El 17 de abril, el Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile publicó la Circular N°32, introduciendo cambios clave en el proceso de Término de Giro. Este procedimiento, regulado por el Código Tributario y actualizado en octubre de 2024 por la Ley N°21.713, es fundamental para el cierre adecuado de operaciones de cualquier entidad en el país.
Esta normativa redefine aspectos clave, especifica las facultades de fiscalización del SII y establece nuevas presunciones de Término de Giro. Es importante destacar que la falta de presentación de declaraciones en periodos consecutivos puede exponer a las sociedades en Chile a revisiones por parte del SII.
¿Qué es el Término de Giro?
El Término de Giro es un proceso administrativo que permite a los contribuyentes que han cesado sus actividades económicas cumplir con las obligaciones tributarias que les corresponden. Esto incluye el pago de los impuestos y la certificación del Término de Giro. Además, autoriza al SII a revisar la exactitud de las declaraciones presentadas y actualizar sus bases de datos para evitar fiscalizaciones posteriores.
Etapas
Comienzo
La etapa inicial del proceso es el Aviso de Término de Giro, el cual debe ser realizado por los contribuyentes dentro de los dos meses siguientes a la finalización de las actividades. Para realizar este aviso, se deberá completar un formulario en línea. Este deberá ir acompañado con el balance final, determinaciones tributarias y otros antecedentes.
Revisión de la solicitud
A continuación, comenzará el Proceso de Revisión por parte del SII, que puede extenderse por seis meses para revisar y girar impuestos. Este periodo solo comenzará en el momento en el que el SII declara como Admitido el trámite. Sin embargo, este plazo puede ser ampliado en tres meses más en caso de que se detecten nuevas irregularidades o inconsistencias.
Certificación
La última etapa del proceso es la Certificación del Término de Giro, que se dará una vez que se haya validado por parte del SII. La confirmación se realizará a través del pago de los impuestos que se hayan cobrado producto de la revisión. Asimismo, en caso de que no se haya emitido un giro dentro del plazo indicado en párrafo anterior, el proceso será certificado de manera automática por el sistema.
Alcance de facultades de fiscalización del SII
El SII está facultado para citar, liquidar y girar impuestos en los casos en que el término de actividades de una sociedad sea detectado, sin haber existido el aviso correspondiente de parte de dicha sociedad. Esto aplicará de manera especial en aquellos casos en que las sociedades hayan incumplido sus declaraciones tributarias por más de 18 meses o hasta dos años consecutivos.
Presunción legal de Término de Giro
Para los casos en que el contribuyente no haya presentado declaraciones mensuales ante el SII por seis períodos consecutivos, el SII está facultado para realizar acciones que le permitan confirmar el cese de las actividades. Luego, cuando no se obtenga una respuesta del contribuyente en seis meses, se presume legalmente que existe un término de giro. En cambio, en los períodos mensuales sin declaraciones que se extiendan a 36 meses, la presunción de término de giro aplicará de manera automática.
El cumplimiento fiscal es un pilar esencial en el ciclo de vida de cualquier entidad. Dada la complejidad y las recientes actualizaciones en el Término de Giro en Chile, contar con un asesoramiento experto es fundamental para asegurar una gestión eficiente y transparente.
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