Perú impuesto activos netos

Perú: modificación del Impuesto Temporal a los Activos Netos

El 11 de abril 2025, mediante proyecto de ley Nº 10822/2024-PE, el congreso de la República del Perú plantea modificar la ley de creación del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN). Esta reforma es con la finalidad de variar las tasas de determinación del impuesto.  

Origen del ITAN 

El ITAN fue creado en el 2004 mediante la Ley 28424, buscando fortalecer la recaudación tributaria por medio de un tributo que grave los activos netos de los contribuyentes. La medida se implantó como respuesta a la capacidad contributiva, aportando a la sostenibilidad fiscal. 

¿Qué modificaciones se plantean? 

Entre las principales consideraciones, este proyecto de ley propone: 

  • Modificar el artículo N°6 de la Ley 28424 (Ley de creación del ITAN). 
  • Determinar la base gravada del Impuesto Temporal a los Activos Netos. Una acción basada en la unidad impositiva tributaria (UIT) vigente en cada ejercicio gravable.  
  • Los contribuyentes que generen activos netos al 31 de diciembre de cada año por un importe de hasta 600 unidades impositivas tributarias (UIT). A estos se les aplicará un impuesto de 0%, mientras que por el exceso de las 600 UIT (3,2 millones de soles; 766.548€) se aplicará el 0.4% 

Incentivos para los contribuyentes 

Este proyecto de ley estipula una serie de beneficios aplicados a las personas naturales con negocio y empresas. Estas deben de estar dadas de alta en el Régimen General del Impuesto a la Renta o en el Régimen Mype Tributario. Por tanto, estos son los incentivos: 

  • Los contribuyentes tendrán acceso a una ampliación del límite mínimo no gravado al ITAN. Actualmente, el importe no gravado es de S/ 1 millón y la propuesta enviada al Congreso es de S/ 3 millones. 
  • La modificación de la Ley 28424 (Ley del ITAN) liberará de la obligación tributaria a unos 10 mil contribuyentes sin afectar la recaudación fiscal. 
  • Facilitar la administración y el control del ITAN por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria fijando el impuesto en función a la UIT vigente en cada ejercicio. 
  • Cualitativamente, la reforma simplificaría la gestión tributaria para un número considerable de contribuyentes. Este aspecto se alcanzará mediante la supresión de las obligaciones administrativas que generan costos indirectos. 
  • Disminución de la carga operativa para la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, asociado al número de devoluciones y sus procesos de fiscalización, optimizando así sus recursos. 
  • Estableciendo un mecanismo de actualización en función a la UIT vigente. De esta manera, se evitaría distorsiones en precios y permitiría que la base gravada al ITAN se actualice de forma alineada a las condiciones económicas. 

Conclusiones 

El presente proyecto de ley busca exonerar a más contribuyentes al pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos. Por tanto, las instituciones pretender lograrlo por medio de medidas desregulatorias que permitan aumentar la competencia y la mejora de la eficiencia económica. 

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