La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) de Argentina publicó la Resolución General 5798. Esta publicación actualiza de forma sustancial los regímenes de precios de transferencia y operaciones internacionales, modificando las RG 4717 y 5010. La norma redefine los umbrales de facturación y de operaciones que determinan las obligaciones de información, alineándose con el nuevo contexto económico y lo dispuesto por el Decreto 767/2025.
¿Cuáles son los cambios sobre precios de transferencia?
El principal impacto se observa en el incremento significativo de los montos mínimos para quedar alcanzado por el Régimen General y el Régimen Simplificado. Por ejemplo, el umbral de ingresos totales para el Régimen General pasa de ARS 30 millones a ARS 1.500 millones (885.000€), y el límite del Régimen Simplificado se eleva hasta ARS 3.000 millones (1,7 millones de euros).
Asimismo, las operaciones con sujetos vinculados o jurisdicciones no cooperantes se actualizan a ARS 150 millones en total (88.500€) o ARS 15 millones por operación individual.
En relación con el Informe Maestro, la norma introduce una mejora clave para grupos multinacionales. Esto quiere decir que cuando no existan cambios respecto el último informe presentado, se habilitará la presentación de una nota de ratificación con carácter de declaración jurada, evitando la recarga completa de la documentación. Esta opción se canaliza mediante el nuevo Formulario F. 2673, y busca reducir significativamente la carga administrativa recurrente.
Modificaciones en los precios de transferencia
Adicionalmente, se incorporan ajustes procedimentales relevantes, como la exigencia de firmas digitales del contribuyente, del profesional certificante y del consejo profesional en el Estudio de Precios de Transferencia y el F. 4501 en Argentina. También se simplifica la operatoria de presentaciones "sin movimientos", eximiendo de la declaración jurada F. 2668 a los contribuyentes que hayan informado dos períodos consecutivos bajo esa condición, hasta que se modifique la situación.
Conclusiones
Las disposiciones entran en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial (12 de diciembre de 2025), y resultan aplicables a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 31 de octubre de 2025. En conjunto, la RG 5798 marca un cambio relevante en la gestión de cumplimiento en Argentina, con un enfoque más alineado a estándares internacionales y una reducción concreta de cargas formales para grupos económicos con operaciones transfronterizas.
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Autor/a:
Guillermo Enrique León
Tax Manager – EC
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