Los primeros casos confirmados de COVID-19 comenzaron en Brasil a principios de marzo y desde entonces el gobierno brasileño ha estado tomando medidas para minimizar el impacto de la pandemia en la economía del país. Ante esta situación y para dar respuesta a la pandemia, el 23 de marzo de 2020 el gobierno federal anunció la Medida Provisória 927/2020 que modifica varias normas laborales.

Entre las medidas, se incluye la regulación del trabajo bajo modalidad ‘Home Office’ con un plazo de notificación de 48 horas, anticipar las vacaciones de los empleados con la extensión del pago hasta el quinto día hábil del mes siguiente, adelantar las vacaciones colectivas sin necesidad de intervención del sindicato o del ministerio de trabajo, dinamizar el uso del Banco de Horas (favoreciendo al empleador de esta manera) y la posibilidad de anticipar también festivos.

Además, el gobierno suspendió el pago del FGTS (Fundo de Garantia por Tempo de Serviço  – Fondo de Garantía por Tiempo de Servicio) para las nóminas de marzo, abril y mayo, permitiendo a la empresa pagar las cantidades en hasta seis veces a partir del mes de julio, sin intereses y sin multa.

El pago del INSS (Seguridad Social) también registró modificaciones. El porcentaje de otras entidades se redujo del 5,8 % al 4,55 % en los meses de abril y mayo, y el pago de la seguridad social de la empresa (que representa el 20% de la nómina) y el RAT (Risco de Acidente de Trabalho – Riesgo de Accidente Laboral) en marzo y abril se podrá pagar en agosto y octubre, facilitando el control de la tesorería de las empresas en este período de crisis.

El 1 de abril, el gobierno federal anunció la Medida Provisória 936/20, que permite la suspensión de los contratos de trabajo y la reducción de las horas laborables y salarios por un período determinado. De esta manera, el empleador podrá llegar a un acuerdo con el empleado y reducir en un porcentaje que oscila del 25 % al 70 % de su jornada laboral (y, por consiguiente, de su salario) por un período máximo de 90 días. Todos los acuerdos deben ser formalizados y comunicados al sindicato, respetando las normas descritas en la ley.

También existe la posibilidad de suspender los contratos de trabajo mediante acuerdo formal con el empleado, por un período máximo de 60 días. En este caso, la empresa debe mantener el pago de los beneficios al empleado y, si la empresa tiene una facturación anual superior a 4,8 millones, debe pagar el 30% del salario como indemnización. En ambos casos, el gobierno subvencionará el pago de la parte reducida del salario del empleado, según la proporcionalidad de cada caso.

Para las micro y pequeñas empresas, los trabajadores independientes y los trabajadores informales que vieron reducidos sus ingresos durante este período, el Gobierno de Brasil también ha puesto en marcha medidas de protección social a través de la Ley 13.982/20, como la concesión de Ayuda de Emergencia por un importe de 600,00 BRL mensuales durante un período de tres meses. Este programa está disponible para aquellos que demuestren ingresos per cápita de hasta la mitad del salario mínimo. Hasta la fecha, el Gobierno ha contabilizado 97,7 millones de solicitudes, lo que representa casi la mitad de la población brasileña. De este total, 50,5 millones han sido aprobadas y el resto consideradas inelegibles o no concluyentes, por lo que necesitan complementar el registro.

En líneas generales, el país está haciendo todo lo posible para que la crisis de la pandemia y el impacto del aislamiento social afecten lo menos posible a la economía.

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Regine Torrezani Rodrigues

Regine Torrezani Rodrigues
Payroll Department Brazil

André Ricardo Dannemann
Country Manager Auxadi Brasil

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